Si eres una persona reconocida como víctima del conflicto armado, este artículo te explica cómo obtener la libreta militar de forma gratuita, paso a paso y de forma clara y accesible. 🙌

¿Por qué lo puedes obtener gratuitamente?
Según la Ley 1448 de 2011 y los lineamientos de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), las personas víctimas del conflicto armado están exentas del pago de la libreta militar.
Esto significa que, mientras otros ciudadanos deben asumir un costo (alrededor de $195.000 para 2024) por la libreta, las víctimas no deben pagar.
Paso 1: Regístrate en la plataforma digital
- Ingresa al sitio web: www.libretamilitar.mil.co
- Si no tienes cuenta, crea una: selecciona tu tipo de documento, llena el formulario, crea una contraseña y activa tu cuenta mediante el enlace que recibirás en tu correo.
- Si ya tienes cuenta, simplemente inicia sesión.
Paso 2: Inscríbete como ciudadano residente
- Una vez en línea, accede con tu usuario y contraseña.
- Haz clic en la opción “Inscríbase Ciudadanos Residentes en Colombia”.
- Completa los formularios con tu información personal, incluyendo los documentos requeridos: cédula, registro civil (si aplica) y fotografía tamaño 3 × 4 fondo azul en archivo JPG.
Paso 3: Selecciona tu condición de víctima
- En el menú de “extensiones de la ley”, elige la opción “Beneficiario de la Ley 1448”.
- Verifica que tu información en la UARIV esté actualizada para evitar demoras o dificultades.
Paso 4: Completa y envía el formulario
- Ingresa los datos adicionales solicitados y haz clic en Guardar la información personal.
- Luego selecciona Validar y finalmente Enviar inscripción.
- Al completar estos pasos, la plataforma remitirá tu solicitud para que avances en el trámite.
QUIZA TE INTERESE ESTO: VIVIENDA GRATUITA PARA VICTIMAS
Otros puntos importantes que debes saber
👉 Gratis para víctimas
Al estar registrada la persona como víctima del conflicto, no deberá pagar por la libreta militar. Otros ciudadanos sí deben cancelar el valor estimado de $195.000 (aproximadamente para 2024).
👉 Apoyo y asesoría
Si tienes dudas puedes acudir a las oficinas de enlace de víctimas, a los centros de atención de la UARIV o directamente a los distritos militares para orientación. Esto puede facilitar en gran medida tu trámite.
👉 Diferencia con la definición de la situación militar
Este proceso no es el mismo que definir tu situación militar como ciudadano general. Si eres víctima y ya estás obligada a resolver tu situación militar, debes seguir estos pasos para asegurar la exención.
✅ En resumen
- Regístrate en la plataforma digital.
- Inscríbete como ciudadano residente.
- Marca tu condición de “víctima de la Ley 1448”.
- Completa y envía el formulario.
- No pagas por la libreta si eres víctima.
- Utiliza asesoría en caso de dudas.
Estos pasos te permiten acceder a este derecho de forma gratuita y sin contratiempos, siempre que tu condición como víctima esté reconocida y registrada.