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Si eres una persona reconocida como víctima del conflicto armado, este artículo te explica cómo obtener la libreta militar de forma gratuita, paso a paso y de forma clara y accesible. 🙌

¿Por qué lo puedes obtener gratuitamente?

Según la Ley 1448 de 2011 y los lineamientos de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), las personas víctimas del conflicto armado están exentas del pago de la libreta militar.


Esto significa que, mientras otros ciudadanos deben asumir un costo (alrededor de $195.000 para 2024) por la libreta, las víctimas no deben pagar.

Paso 1: Regístrate en la plataforma digital

  • Ingresa al sitio web: www.libretamilitar.mil.co
  • Si no tienes cuenta, crea una: selecciona tu tipo de documento, llena el formulario, crea una contraseña y activa tu cuenta mediante el enlace que recibirás en tu correo.
  • Si ya tienes cuenta, simplemente inicia sesión.

Paso 2: Inscríbete como ciudadano residente

  • Una vez en línea, accede con tu usuario y contraseña.
  • Haz clic en la opción “Inscríbase Ciudadanos Residentes en Colombia”.
  • Completa los formularios con tu información personal, incluyendo los documentos requeridos: cédula, registro civil (si aplica) y fotografía tamaño 3 × 4 fondo azul en archivo JPG.

Paso 3: Selecciona tu condición de víctima

  • En el menú de “extensiones de la ley”, elige la opción “Beneficiario de la Ley 1448”.
  • Verifica que tu información en la UARIV esté actualizada para evitar demoras o dificultades.

Paso 4: Completa y envía el formulario

  • Ingresa los datos adicionales solicitados y haz clic en Guardar la información personal.
  • Luego selecciona Validar y finalmente Enviar inscripción.
  • Al completar estos pasos, la plataforma remitirá tu solicitud para que avances en el trámite.

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Otros puntos importantes que debes saber

👉 Gratis para víctimas

Al estar registrada la persona como víctima del conflicto, no deberá pagar por la libreta militar. Otros ciudadanos sí deben cancelar el valor estimado de $195.000 (aproximadamente para 2024).

👉 Apoyo y asesoría

Si tienes dudas puedes acudir a las oficinas de enlace de víctimas, a los centros de atención de la UARIV o directamente a los distritos militares para orientación. Esto puede facilitar en gran medida tu trámite.

👉 Diferencia con la definición de la situación militar

Este proceso no es el mismo que definir tu situación militar como ciudadano general. Si eres víctima y ya estás obligada a resolver tu situación militar, debes seguir estos pasos para asegurar la exención.


✅ En resumen

  • Regístrate en la plataforma digital.
  • Inscríbete como ciudadano residente.
  • Marca tu condición de “víctima de la Ley 1448”.
  • Completa y envía el formulario.
  • No pagas por la libreta si eres víctima.
  • Utiliza asesoría en caso de dudas.

Estos pasos te permiten acceder a este derecho de forma gratuita y sin contratiempos, siempre que tu condición como víctima esté reconocida y registrada.